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La Justicia ambiental de Jujuy rechazó un nuevo amparo presentado por Alicia Chalabe y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) contra la aprobación del informe de impacto ambiental del proyecto de litio Mina Agonic.La sentencia confirmó que la comunidad aborigen de Lipán participó del proceso a través de la UGAMP (Unidad de Gestión Ambiental Minera Provincial) y refrendó su apoyo en asamblea comunitaria. El fallo valida la legalidad del procedimiento y permite que la empresa Lition Energy, junto a JEMSE, continúe con la etapa exploratoria en Salinas Grandes.
El Juzgado Ambiental de Jujuy desestimó un nuevo recurso de amparo contra el avance de un proyecto de exploración de litio en la Cuenca de Salinas Grandes y Laguna de Guayatayoc.
La acción había sido presentada por la abogada Alicia Chalabe, conocida por su oposición a proyectos de desarrollo en Jujuy, en representación de 3 miembros opositores de comunidades y de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN). El objetivo era frenar las actividades de la empresa Lithos Minerales del Norte S.A., cuyo nombre de fantasía es Lition Energy, en la Mina Agonic, ubicada en Salinas Grandes.
El reclamo pedía la nulidad del informe de impacto ambiental (IIA) aprobado por la Dirección Provincial de Minería de Jujuy, bajo el argumento de que no se habría cumplido con el derecho a la consulta previa, libre e informada, consagrado por el Convenio 169 de la OIT.
Sin embargo, el tribunal rechazó la presentación al considerar que el procedimiento de participación comunitaria sí se llevó a cabo conforme a derecho. En el fallo se lee que:
“El expediente administrativo contiene diversos elementos de convicción que permiten tener por acreditado que la Comunidad Aborigen de Lipán, como pueblo originario directamente involucrado, ha prestado su consentimiento en plenitud y libertad.”
Además, la sentencia remarca que ese proceso se dio “en un marco normativo que en todo momento ha garantizado un sano equilibrio entre la proyección del desarrollo minero y las necesidades e intereses de la comunidad”.
Participación efectiva y documentación respaldatoria
El juzgado valoró como prueba central la participación de la comunidad de Lipán en el procedimiento ambiental, en particular su presencia activa en las reuniones de la Unidad de Gestión Ambiental Minera Provincial (UGAMP). Allí, según consta en el expediente, la comunidad apoyó el proyecto de manera formal a través de actas de asamblea comunitaria, oficios y resoluciones.
El fallo también hace referencia a una nota suscripta por la Asamblea Comunitaria de Lipán, en la que se manifiesta de manera expresa la voluntad de “avanzar con los trámites necesarios para continuar con la exploración minera”. Con estos elementos, el tribunal concluyó que la consulta previa fue realizada correctamente y con respeto al marco legal vigente.
Evaluación territorial: 59 % del proyecto sobre tierras de Lipán
Uno de los puntos debatidos durante el proceso fue la localización del proyecto. Según el informe técnico elaborado por el Cuerpo Interdisciplinario de Expertos (CIE), se determinó que la Mina Agonic se superpone en un 59 % con el territorio de la Comunidad Aborigen de Lipán.
Respecto a la Comunidad de El Angosto de El Moreno, también mencionada en la causa, la sentencia aclara que no se logró acreditar superposición efectiva, ya que esta comunidad no cuenta con relevamiento catastral finalizado ante el INAI. Por lo tanto, “la legitimación activa de dicha comunidad no surge de modo claro del expediente”, sostiene el juzgado.
Rechazo de planteos formales
Además de cuestionar el informe de impacto ambiental, la presentación de la abogada Chalabe incluía otros planteos legales que también fueron descartados por la Justicia. Uno de ellos sostenía que el caso debía ser tratado por otro juzgado, ya que habría otro expediente en curso con un tema similar. Pero el tribunal aclaró que no se trata del mismo conflicto ni de las mismas partes, por lo que no hay duplicación de causas.
También se rechazó el argumento de que el juzgado ambiental no era competente para tratar el tema. La sentencia reafirmó que sí corresponde su intervención, ya que el reclamo está centrado en la gestión ambiental y en la participación de las comunidades en los proyectos de litio.
Sin embargo, este no es el primer intento fallido de Alicia Chalabe por detener proyectos de litio en Jujuy. En menos de un año, ya se registran tres amparos rechazados por la Justicia en causas relacionadas. A fines de 2024, un tribunal desestimó una acción contra el proyecto de Tecpetrol en Rinconadillas, recordando que la comunidad local apoyó públicamente el desarrollo minero en una asamblea del 21 de julio.
Un informe de Litio Argentina resumió ese episodio.
Otro revés se produjo en febrero de 2025, cuando la Justicia avaló proyectos con respaldo comunitario, afirmando que las acciones de Chalabe “han sido rechazadas reiteradamente por la Justicia” y subrayando que hoy las voces locales se escuchan directamente, sin mediaciones externas.
Un nuevo antecedente en favor de la legalidad
Con esta decisión, el Juzgado Ambiental de Jujuy suma un nuevo antecedente en el mismo sentido de otros fallos recientes: valida el procedimiento de consulta previa y participación comunitaria en proyectos de litio que han sido aprobados en la provincia.
Así, el proyecto Mina Agonic, impulsado por Lithos Minerales del Norte S.A. junto a JEMSE, podrá continuar con su desarrollo exploratorio en el marco del informe de impacto ambiental ya aprobado.